Carbonífera
Sábado 03 de Agosto del 2024 00:18 hrs

Sin afiliación tres de los mineros de Micarám: IMSS


Localizan dos de los tres cuerpos faltantes; prosigue la búsqueda

Rancherías, Municipio de Múzquiz.- Tres de los siete trabajadores atrapados dentro de la cueva de carbón inundada en Rancherías no estaban afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social y la empresa después del siniestro tramitó el registro extemporáneo, de acuerdo a datos proporcionados por la propia institución.

Por la mañana se dio a conocer que en el curso de la madrugada el grupo de rescate logró recuperar el cuerpo de quien inicialmente se identificó como Juan Carlos Moreno Cervantes. Posteriormente la Fiscalía del Estado emitió una rectificación, señalando que familiares lo reconocieron como el minero Damián Ernesto Robles Arias, de Rancherías.

Al filo de las 9 de la mañana los rescatistas de Minera del Norte lograron ubicar un sexto cuerpo no identificado e iniciaron las labores para su rescate, en una zona compleja por la acumulación de piedra y lodo, en la que se espera también encontrar a la última víctima.

En cuanto al registro de seguridad social, en la Subdelegación del IMSS se indicó que Micarám S.A. de C.V. tiene su registro patronal vigente, aunque de las siete víctimas atrapadas en la cueva el accidente el viernes anterior, únicamente cuatro estaban registradas y uno de los no afiliados tenía derechos aún vigentes por trabajo en una empresa anterior.

Conforme a lo establecido en la ley, y para que los deudos de los tres trabajadores no queden desprotegidos, el IMSS fincará responsabilidad económica al patrón y asegurará  que se paguen las indemnizaciones y prestaciones  a que tienen derecho.

Además el Instituto debe iniciar un procedimiento contra del patrón por las omisiones, quien deberá pagar lo correspondiente a cuotas por el tiempo que no tuvo a los trabajadores afiliados y será objeto de multas, actualizaciones y recargos.

La Ley Federal del Trabajo establece que en caso de fallecimiento por riesgos de trabajo, el patrón debe pagar a los beneficiarios dos meses de salario por gastos funerarios y cinco mil días de salario como indemnización.

En cuanto a los cuatro mineros que sí estaban afiliados, personal de la Subdelegación del IMSS asesora a los beneficiaros designados para agilizar el trámite de pensión y el apoyo por gastos funerarios, por los que se otorga una cantidad fija comprobada con factura de la empresa que proporcione el servicio de inhumación.







OPINION

Fuenteovejuna

Dime con quien andas y te diré que nos espera… Al armar el segundo nivel del equipo, doña Claudia termina de perderse a sí misma. Ya hasta anunció ¡mañaneras!...

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