Propone permitir porte de armas sin permiso de Sedena
- Por: David González --
- 12/11/2020 @ 17:29 --
- Sureste
El diputado Juan Carlos Guerra plantea reforma en la que se eliminaría para los ciudadanos el requisito de solicitar autorización a la Secretaría de la Defensa
Saltillo, Coah.- Con el objetivo de prevenir y combatir los delitos del orden patrimonial, ya sea en domicilios o negocios, se llevó la propuesta al pleno del Congreso del Estado para garantizar el derecho de una persona a portar un arma de fuego para su protección y legítima defensa, sin necesidad de que el permiso sea autorizado por la SEDENA.
El legislador local Juan Carlos Guerra explicó esto sería posible con una reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, por lo que presentó una iniciativa que presentó en la sesión de este jueves en la 61 Legislatura.
En su propuesta Guerra señaló que los ciudadanos están en riesgo cuando se introduce un delincuente a sus hogares o comercios.
Subrayó que en la actualidad la licencia para que un particular pueda poseer un arma de fuego está condicionada al criterio de la SEDENA, de acuerdo al Artículo 26 de dicha Ley.
La modificación planteada por el legislador busca garantizar el derecho de todos los mexicanos a portar arma de fuego para su protección, sin el requisito de la valoración previa de la SEDENA y solamente acreditar esa necesidad.
Dijo que resulta necesario actualizar el andamiaje jurídico a fin de garantizar el derecho de los ciudadanos a acceder a lo ordenado por nuestro máximo ordenamiento, en su Artículo 10.
“Que sea el ciudadano que cumpliendo con los requisitos establecidos en la ley secundaria acceda a dicho derecho, sin que dependa del criterio de un tercero para poder portar un arma para su seguridad”, expone la iniciativa.
Como antecedente se tiene que la Constitución y la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos permiten la portación a los particulares para su seguridad y legítima defensa, cumpliendo con los requisitos siguientes:
Tener un modo honesto de vivir; haber cumplido, los obligados, con el Servicio Militar Nacional; no tener impedimento físico o mental para el manejo de las armas; no haber sido condenado por delito cometido con el empleo de armas; no consumir drogas, enervantes o psicotrópicos, y acreditar, a criterio de la SEDENA la necesidad de portar armas por su ocupación y por las circunstancias de donde vive.