Sureste
Lunes 23 de Diciembre del 2024 17:42 hrs

Mantienen en vilo posible segunda reelección de alcaldes


Tribunal le ordena al Instituto Electoral que se pronuncie con claridad al respecto

Saltillo, Coah.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Coahuila revocó el acuerdo del Instituto Electoral de Coahuila, y ordenó pronunciarse con claridad sobre la posibilidad de la segunda reelección que algunos alcaldes buscarían para 2021.

Con mayoría de votos se determinó en los argumentos que el Consejo General del IEC no contestó la pregunta con claridad del ciudadano Julio Iván Long Hernández actual alcalde de San Juan de Sabinas.

A esta resolución se sumaron ocho expedientes más entre los que están la de los alcaldes Alfredo Paredes, de Monclova, Cuauhtémoc Rodríguez de Sabinas, además de regidores de Saltillo y Monclova.

Además se sumaron a estas impugnaciones presidentes de comités municipales del PAN de Monclova y San Juan de Sabinas y los partidos Verde Ecologista y del Partido de la revolución Democrática.

Como se recordará el pasado 15 de septiembre el edil de san Juan de Sabinas Julio Iván de la Garza Long hizo ante la autoridad electoral estatal la consulta siguiente:

…”Me informe si como alcalde electo de 2017 para ejercer el cargo del primero de enero de 2018 y posteriormente de manera ordinaria para el trienio de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2021, puedo participar en el proceso electoral 2021 como como candidato a la presidencia de San Juan de Sabinas para un período adicional 2022-2024…”

Luego de las discusiones se determinó que el Instituto Electoral no dio contestación a esta pregunta, “saliéndose por la tangente” argumentaron los Magistrados, por lo que se le ordenó a este organismo dar cumplimiento a la petición ciudadana.

“Julio Iván Long Hernández en su carácter de presidente municipal de San Juan de Sabinas y otros donde señalan como autoridad responsables al IEC, este tribunal por mayoría de votos, resolvió acumular los expedientes señalados, y se revoca a que el IEC atienda la consulta del ciudadano”, se determinó.

“Se ordena al Consejo General para que a más tardar dentro el plazo de 3 días hábiles que se notifique esta resolución proceda conforme”, concluyeron en la sesión del Tribunal donde el instituto Electoral deberá de responder de manera clara y precisa la consulta que le hicieron.







OPINION

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