Indebido criminalizar a migrantes ilegales: abogado de la Corte Interamericana
- Por: Redacción --
- 06/10/2021 @ 16:59 --
- Mexico
Las expulsiones deben hacerse observando el debido proceso y bajo bases estrictamente legales señala el especialista
Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) presentó una nueva emisión del programa “Diálogo con el Sistema Interamericano de Derechos Humanos”, con el tema de Movilidad humana , en éste, Agustín Martin, abogado de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) dijo que de ninguna manera la situación migratoria de las personas debe ser motivo de criminalización, ni debe ser perseguida como un delito por parte de los Estados bajo el interés legítimo de control de los flujos migratorios.
“La irregularidad migratoria no puede constituir un delito penal, un crimen. La irregularidad migratoria puede verse como una falta administrativa, puede tener consecuencias, pero no puede, los Estados no deben, criminalizar o perseguir penalmente a la inmigración irregular. Esta detención en ese marco debe ser excepcional y no la regla”, dijo el experto.
El evento organizado por la Dirección General de Derechos Humanos de la SCJN se transmitió por el sistema de videoconferencia, y en su exposición el maestro Agustín Martin aseguró que independientemente de la situación migratoria de las personas no pierden el amparo de los derechos humanos.
“Las eventuales expulsiones de migrantes irregulares deben hacerse entonces con bases estrictamente legales y observando todos los requisitos de un proceso en forma debida, y la inmigración irregular no debe de ser motivo de persecución penal”, pues independientemente de la situación de una persona en un país ajeno, los Estados deben respetar y garantizar sus derechos, particularmente aquellos que no tienen vinculación con su condición de inmigrantes, como los derechos laborales, derecho a la salud, entre otros.
Explicó que las personas migrantes por su condición son acreedoras a la protección de sus derechos humanos en todos los casos, y deben de ser resguardados por los Estados, que, a su vez, tienen la potestad de regular los flujos migratorios y establecer requisitos para la entrada y permanencia, pero siempre respetando los derechos humanos.
La SCJN ha promovido el ciclo como un espacio de intercambio de experiencias y conocimientos de los criterios relevantes relacionados con la difusión y reforzamiento de los derechos humanos.