Emite CNDH otra recomendación contra Penal de Mesillas
- Por: Redacción --
- 14/06/2023 @ 20:17 --
- Mexico
Exhibe en la recomendación 68/2023 que documentó omisiones en el cuidado de una persona privada de la libertad que se quitó la vida en el CEFERESO de Ramos Arizpe
Ciudad de México.- Diagnosticada con un cuadro de esquizofrenia y con indicación de observación permanente, un recluso en el Centro Federal de Readaptación Social número 18 (CEFERESO 18) se quitó la vida, por lo que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió una recomendación al exhibir que hubo omisión de cuidados del personal carcelario que no veló por la integridad del reo.
La recomendación 68/2023, emitida el pasado 13 de junio por la CNDH al Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social (OADPRS) de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), también se dirige a la Fiscalía General del Estado de Coahuila y al Ministerio Público adscrito a la Unidad de Investigación de Ramos Arizpe.
“Las autoridades responsables del CEFERESO omitieron, además, realizar una investigación exhaustiva sobre las causas que originaron el suicidio de la víctima. Al acreditar violaciones a los derechos humanos a la integridad personal y a la vida, a la salud en su modalidad de bienestar mental, a la seguridad jurídica y a la legalidad, cometidos por, al menos, seis personas servidoras públicas que forman parte del personal de la prisión”, señala el documento
La CNDH precisó que la queja fue presentada ante este organismo nacional el 19 de noviembre de 2021 y en ella se narra que la víctima se encontraba privada de la libertad en el CEFERESO 18 y que había sido diagnosticada con un cuadro de esquizofrenia y tenía indicación de requerir observación permanente, pero que, inexplicablemente lo dejaron solo y, a consecuencia de ello, se suicidó.
“Para la integración del expediente, la CNDH solicitó toda la información relacionada con el caso al OADPRS y a la Fiscalía General del Estado, y se obtuvieron elementos de los que se desprende evidencia suficiente que permite comprobar la ausencia de la autoridad responsable de ejercer la función de custodia y vigilancia en la habitación hospitalaria en la que se encontraba la persona privada de la libertad, y que ello derivó en la omisión del deber de cuidado en términos de lo que establece la Ley Nacional de Ejecución Penal (LNEP)”.
Asimismo, la CNDH pudo comprobar que el personal designado por la Fiscalía estatal para desahogar la investigación del caso no realizó su labor con un enfoque de derechos humanos, al no observar que la víctima se encontraba en una situación especial de custodia, y que omitieron esclarecer los hechos que derivaron en la pérdida de vida de la víctima.
Por tales omisiones, la CNDH le solicitó al comisionado de Prevención y Readaptación Social proceder a la inmediata reparación integral del daño ocasionado, para lo cual se pide amplia colaboración en el trámite de registro de la víctima fallecida, y de las dos personas que resultan ser víctimas indirectas en el Registro Nacional de Victimas, a efecto de que se les otorgue la compensación correspondiente en los términos que señala la Ley.
Además, se pide su colaboración con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) para que se otorgue a las víctimas indirectas la atención psicológica y tanatológica que requieran, de forma gratuita e impartida por personal especializado, de manera continua y en lugares accesibles.
Asimismo, el OADPRS deberá colaborar con la CNDH en la presentación de una denuncia administrativa ante su Órgano Interno de Control, en contra de quienes resulten responsables por los hechos y omisiones señalados, para que se inicie el expediente, la investigación y el proceso de sanciones que corresponda.