Definen financiamiento público a partidos y tope de gastos de campaña
- Por: Redacción --
- 21/11/2020 @ 14:27 --
- Sureste
También marcan los lineamientos que deberán cubrirse en equidad de género para la postulación de candidatos a alcaldes y regidores
Saltillo, Coah.- El Instituto Electoral de Coahuila en Sesión Ordinaria aprobó para el Proceso Electoral Local Ordinario 2021: los lineamientos de paridad de género, la distribución del financiamiento público para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes, actividades específicas y gastos de campaña, así como la fijación de los límites de financiamiento privado, topes de gastos de precampaña y campaña, así como la Convocatoria dirigida a la Ciudadanía que, de manera Independiente, deseen participar en la Elección de Ayuntamientos del Estado de Coahuila de Zaragoza.
En esta sesión Ordinaria correspondiente al mes de noviembre, el Consejo General aprobó el proyecto Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal dos mil veintiuno (2021), facultándose a la Consejera Presidenta, para que, por su conducto, sea remitido al Titular del Ejecutivo del Estado para los efectos correspondientes.
En lo referente al Proceso Electoral Concurrente 2021, el Consejo General del Instituto Electoral de Coahuila ratificó el Convenio General de Coordinación y Colaboración celebrado con el Instituto Nacional Electoral.
Aprobó, de igual forma, la distribución del financiamiento público para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes, actividades específicas y gastos de campaña de los partidos políticos, y en su caso, de las candidaturas independientes, y por el que se fijan los límites de financiamiento privado para el ejercicio fiscal 2021, resultando la distribución de la siguiente manera:
Financiamiento anualizado para actividades ordinarias permanentes del ejercicio 2021 | |
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL |
$16,745,408.90 |
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL |
$55,563,371.00 |
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO |
$10,014,151.16 |
UNIDAD DEMOCRÁTICA DE COAHUILA |
$10,589,728.26 |
MORENA |
$26,087,945.72 |
PARTIDO ENCUENTRO SOLIDARIO |
$2,531,927.77 |
REDES SOCIALES PROGRESISTAS |
$2,531,927.77 |
FUERZA SOCIAL POR MÉXICO |
$2,531,927.77 |
TOTALES |
$126,596,388.36 |
Partido Político |
Financiamiento anualizado para actividades específicas del ejercicio 2021 |
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL |
$448,975.38 |
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL |
$1,687,846.51 |
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO |
$234,148.01 |
UNIDAD DEMOCRÁTICA DE COAHUILA |
$252,517.49 |
MORENA |
$747,141.45 |
PARTIDO ENCUENTRO SOLIDARIO |
$142,420.94 |
REDES SOCIALES PROGRESISTAS |
$142,420.94 |
FUERZA SOCIAL POR MÉXICO |
$142,420.94 |
TOTALES |
$3,797,891.66 |
Partido Político |
Total de gastos de campaña de los partidos políticos |
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL |
$5,023,622.67 |
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL |
$16,669,011.30 |
PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA |
$759,578.33 |
PARTIDO DEL TRABAJO |
$759,578.33 |
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO |
$3,004,245.35 |
PARTIDO UNIDAD DEMOCRÁTICA DE COAHUILA |
$3,176,918.48 |
PARTIDO MOVIMIENTO CIUDADANO |
$759,578.33 |
PARTIDO MORENA |
$7,826,383.72 |
PARTIDO UNIDOS |
$759,578.33 |
PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN COAHUILENSE |
$759,578.33 |
PARTIDO EMILIANO ZAPATA, LA TIERRA Y SU PRODUCTO |
$759,578.33 |
PARTIDO ENCUENTRO SOLIDARIO |
$759,578.33 |
REDES SOCIALES PROGRESISTAS |
$759,578.33 |
FUERZA SOCIAL POR MÉXICO |
$759,578.33 |
TOTAL |
$42,536,386.49 |
* Debido a que no se ha resuelto el último medio de impugnación relativo al Proceso Electoral Local 2020, el Consejo General del Instituto Electoral no ha emitido el Acuerdo correspondiente para la perdida de registro de partidos que no hayan alcanzado al menos el 3% de votación en dicho Proceso.
FINANCIAMIENTO PÚBLICO PARA CANDIDATURAS INDEPENDIENTES PARA GASTOS DE CAMPAÑA DEL PROCESO ELECTORAL LOCAL ORDINARIO 2021. | |
Cargos | |
Candidaturas Independientes a Presidencia Municipal de Ayuntamientos locales. | |
Total |
$759,578.33 |
Cabe mencionar que, el monto máximo que cada partido político podrá recibir en el año 2021 para el Proceso Electoral Local, por aportaciones de candidatas o candidatos, así como de simpatizantes, será la cantidad de $1,924,247.86 (Un millón novecientos veinticuatro mil doscientos cuarenta y siete pesos 86/100 M.N.).
Durante esta misma Sesión se determinaron los topes de gastos de precampaña y campaña para la elección de ayuntamientos, durante el Proceso Electoral Local Ordinario 2021.
No. |
MUNICIPIO |
TOPES DE GASTOS DE PRECAMPAÑA |
1 |
Abasolo |
$19,548.00 |
2 |
Acuña |
$151,453.76 |
3 |
Allende |
$23,649.82 |
4 |
Arteaga |
$24,100.97 |
5 |
Candela |
$19,548.00 |
6 |
Castaños |
$27,535.98 |
7 |
Cuatro Ciénegas |
$19,548.00 |
8 |
Escobedo |
$19,548.00 |
9 |
Francisco I Madero |
$55,465.91 |
10 |
Frontera |
$78,359.04 |
11 |
General Cepeda |
$19,548.00 |
12 |
Guerrero |
$19,548.00 |
13 |
Hidalgo |
$19,548.00 |
14 |
Jiménez |
$19,548.00 |
15 |
Juárez |
$19,548.00 |
16 |
Lamadrid |
$19,548.00 |
17 |
Matamoros |
$106,417.69 |
18 |
Monclova |
$224,331.34 |
19 |
Morelos |
$19,548.00 |
20 |
Muzquiz |
$69,965.24 |
21 |
Nadadores |
$19,548.00 |
22 |
Nava |
$29,716.34 |
23 |
Ocampo |
$19,548.00 |
24 |
Parras |
$43,777.52 |
25 |
Piedras Negras |
$170,126.58 |
26 |
Progreso |
$19,548.00 |
27 |
Ramos Arizpe |
$91,857.25 |
28 |
Sabinas |
$64,495.49 |
29 |
Sacramento |
$19,548.00 |
30 |
Saltillo |
$776,941.43 |
31 |
San Buenaventura |
$23,653.72 |
32 |
San Juan de Sabinas |
$43,386.17 |
33 |
San pedro |
$94,813.80 |
34 |
Sierra Mojada |
$19,548.00 |
35 |
Torreón |
$661,643.68 |
36 |
Viesca |
$19,548.00 |
37 |
Villa Unión |
$19,548.00 |
38 |
Zaragoza |
$19,548.00 |
TOTAL |
$3,133,103.74 |
No. |
MUNICIPIO |
TOPES DE GASTOS DE CAMPAÑA |
1 |
Abasolo |
$130,320.00 |
2 |
Acuña |
$1,009,691.71 |
3 |
Allende |
$157,665.46 |
4 |
Arteaga |
$160,673.15 |
5 |
Candela |
$130,320.00 |
6 |
Castaños |
$183,573.22 |
7 |
Cuatro Ciénegas |
$130,320.00 |
8 |
Escobedo |
$130,320.00 |
9 |
Francisco I Madero |
$369,772.75 |
10 |
Frontera |
$522,393.61 |
11 |
General Cepeda |
$130,320.00 |
12 |
Guerrero |
$130,320.00 |
13 |
Hidalgo |
$130,320.00 |
14 |
Jiménez |
$130,320.00 |
15 |
Juárez |
$130,320.00 |
16 |
Lamadrid |
$130,320.00 |
17 |
Matamoros |
$709,451.25 |
18 |
Monclova |
$1,495,542.29 |
19 |
Morelos |
$130,320.00 |
20 |
Muzquiz |
$466,434.94 |
21 |
Nadadores |
$130,320.00 |
22 |
Nava |
$198,108.95 |
23 |
Ocampo |
$130,320.00 |
24 |
Parras |
$291,850.13 |
25 |
Piedras Negras |
$1,134,177.21 |
26 |
Progreso |
$130,320.00 |
27 |
Ramos Arizpe |
$612,381.67 |
28 |
Sabinas |
$429,969.93 |
29 |
Sacramento |
$130,320.00 |
30 |
Saltillo |
$5,179,609.50 |
31 |
San Buenaventura |
$157,691.47 |
32 |
San Juan de Sabinas |
$289,241.15 |
33 |
San Pedro |
$632,092.02 |
34 |
Sierra Mojada |
$130,320.00 |
35 |
Torreón |
$4,410,957.86 |
36 |
Viesca |
$130,320.00 |
37 |
Villa Unión |
$130,320.00 |
38 |
Zaragoza |
$130,320.00 |
TOTAL |
$20,887,358.27 |
También se establecieron los topes de gastos para la obtención del apoyo de la ciudadanía de las personas que obtengan su registro como aspirantes a candidaturas independientes para las elecciones de ayuntamientos en el Estado.
No. |
Elección de Ayuntamiento |
Tope de gastos para la obtención de apoyo de la ciudadanía en el Proceso Electoral 2021 |
1 |
Abasolo |
$11,323.50 |
2 |
Acuña |
$97,882.66 |
3 |
Allende |
$16,041.36 |
4 |
Arteaga |
$16,151.11 |
5 |
Candela |
$11,323.50 |
6 |
Castaños |
$18,684.53 |
7 |
Cuatro Ciénegas |
$11,323.50 |
8 |
Escobedo |
$11,323.50 |
9 |
Francisco I Madero |
$37,456.14 |
10 |
Frontera |
$53,424.02 |
11 |
General Cepeda |
$11,323.50 |
12 |
Guerrero |
$11,323.50 |
13 |
Hidalgo |
$11,323.50 |
14 |
Jiménez |
$11,323.50 |
15 |
Juárez |
$11,323.50 |
16 |
Lamadrid |
$11,323.50 |
17 |
Matamoros |
$72,221.93 |
18 |
Monclova |
$152,323.49 |
19 |
Morelos |
$11,323.50 |
20 |
Muzquiz |
$47,680.52 |
21 |
Nadadores |
$11,323.50 |
22 |
Nava |
$18,032.35 |
23 |
Ocampo |
$11,323.50 |
24 |
Parras |
$30,126.18 |
25 |
Piedras Negras |
$112,939.86 |
26 |
Progreso |
$11,323.50 |
27 |
Ramos Arizpe |
$56,052.68 |
28 |
Sabinas |
$44,238.22 |
29 |
Sacramento |
$11,323.50 |
30 |
Saltillo |
$507,964.49 |
31 |
San Buenaventura |
$16,004.17 |
32 |
San Juan de Sabinas |
$29,786.04 |
33 |
San pedro |
$65,045.27 |
34 |
Sierra Mojada |
$11,323.50 |
35 |
Torreón |
$446,032.24 |
36 |
Viesca |
$13,504.31 |
37 |
Villa Unión |
$11,323.50 |
38 |
Zaragoza |
$11,323.50 |
TOTALES |
$2,055,414.56 |
Durante la Sesión Ordinaria se emitieron los Lineamientos a fin de garantizar el cumplimiento del principio de paridad de género en el registro de las candidaturas que participarán en la elección de ayuntamientos, para el proceso electoral 2021, en ellos se establece:
1. En la integración de las planillas que registren se deberá de observar la paridad de género, debiendo postular el cincuenta (50) por ciento de cada género, de manera alternada.
2. Los partidos políticos o coaliciones, deberán presentar en al menos la mitad de los municipios o en la mitad de las candidaturas que registre, planillas encabezadas por un género distinto.
3. Cuando sea impar el número total de candidaturas postuladas por algún partido político o coalición el número mayoritario deberá corresponder al género femenino.
4. Las planillas que presenten los partidos políticos y/o coaliciones y/o candidaturas independientes, para la integración de los Ayuntamientos, deberán de estar integradas por propietario y suplente del mismo género, y se presentarán de forma alternada.
5. El número de las regidurías que le corresponde a cada uno de los Ayuntamientos por ambos principios, se hará conforme a las reglas establecidas en el artículo 19 del Código Electoral para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
6. Las coaliciones deberán observar las mismas reglas de paridad de género que los partidos políticos, las candidaturas que registren de manera individual como partido político y aquellas que les corresponda en la coalición, contarán como un todo para cumplir con el principio de paridad.
7. Tratándose de una coalición flexible o parcial se debe observar lo siguiente: La coalición debe presentar sus candidaturas paritariamente.
8. Tratándose de una coalición total, cada partido coaligado debe postular de manera paritaria las candidaturas que le corresponden al interior de la coalición, pues esta es la única manera de cumplir con el mandato de postulación paritaria en lo individual.
9. Tratándose de coaliciones, para contabilizar el número de candidatos y candidatas postulados por los partidos políticos, se revisarán los convenios de coaliciones a fin de observar lo establecido en el presente lineamiento. Las candidaturas de la coalición deberán corresponder a militantes del partido que los postula, por lo que se negará el registro a ciudadanos con una militancia en un partido distinto al que los postula.
10. Tratándose de las regidurías por el principio de representación proporcional y, en su caso, la sindicatura de la primera minoría, los partidos políticos y candidaturas independientes deberán presentar una lista de preferencia conformada de entre aquellas candidaturas propietarias, que en sus respectivas planillas postulen los partidos políticos o coaliciones, de manera alternada y siguiendo el orden de prelación establecido por cada partido político en los términos de la lista que se presente al Instituto.
11. En el caso de los partidos políticos que sean integrantes de alguna coalición en cualquiera de sus modalidades y se encuentren en el supuesto establecido en el artículo 19, numeral 3 del Código Electoral para el Estado de Coahuila de Zaragoza, podrán participar en la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional, para lo cual cada partido integrante de la coalición participará con su propia lista de candidaturas a integrar el Ayuntamiento, las que se formarán de entre aquellas candidaturas propietarias, que en sus respectivas planillas de mayoría postule el partido político, debiendo asignarse primero éstos, y complementándolas con sus militantes según determine el propio partido o en el orden que el partido o coalición lo determinen, debiendo identificar en dichas listas al partido político al que pertenecen.
12. En caso de que una coalición obtenga el triunfo por el principio de mayoría relativa, los partidos que integran la misma no podrán participar en la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional.
13. En ningún caso se admitirán criterios que tengan como resultado que a alguno de los géneros le sean asignados exclusivamente aquellos municipios en los que el partido haya obtenido los porcentajes de votación más bajos en la elección de ayuntamientos inmediata anterior.
Con la finalidad de cumplir con la paridad horizontal y vertical, los partidos políticos deberán equilibrar las postulaciones que realicen en los municipios en cuatro (4) bloques cada uno, registrando al menos el cuarenta por ciento de las postulaciones de un género distinto en cada bloque.
De la misma manera, el Consejo aprobó qué la implementación y operación del Programa de Resultados Electorales Preliminares del PEL 2021, sea realizado únicamente por el Instituto Electoral de Coahuila.
En esta misma Sesión Ordinaria se aprobaron los modelos de distribución de pautado que serán propuestos al Comité de Radio y Televisión del Instituto Nacional Electoral, para el acceso de los partidos políticos a radio y televisión durante las precampañas, intercampañas y campañas electorales, así como de los candidatos independientes en el periodo de campañas electorales.
Así mismo, fue aprobada la Convocatoria dirigida a la Ciudadanía para participar como candidatos independientes en la Elección de Ayuntamientos del Estado en el marco del Proceso Electoral Local Ordinaria 2020-21.
Del mismo modo se aprobó la modificación al Reglamento de Candidaturas Independientes para el Estado de Coahuila de Zaragoza. Lo anterior en cumplimiento a lo establecido en el artículo 83, numeral 4, del Código Electoral para el Estado de Coahuila de Zaragoza, que establece que el Consejo General del Instituto deberá expedir el reglamento de candidaturas independientes a más tardar con 30 días de anticipación al inicio del proceso electoral.
Se aprobó en esta misma Sesión el Protocolo de Seguridad Sanitaria para la captación de apoyo ciudadano en el PEL 2020-21, el cual incluye: el uso de cubrebocas y careta, el lavado de manos con agua y jabón frecuentemente o bien, usar soluciones a base de alcohol gel al 70%; la práctica de la etiqueta respiratoria: cubrirse la nariz y boca al toser o estornudar, con un pañuelo desechable o el ángulo interno del brazo; la limpieza y desinfección de objetos o lugares, con agua y jabón, además de utilizar toallas desinfectantes, o solución desinfectante; y mantener una sana distancia (al menos a 1.5 m) durante los contactos.
Finalmente, fue aprobado el Manual de Procedimientos para el Monitoreo de espacios que difundan noticias en las etapas de Precampaña, Intercampañas, Campañas, Período de Veda y Jornada Electoral durante el Proceso Electoral Concurrente 2021, donde se renovarán los 38 Ayuntamientos de Coahuila.