Anuncia SAT prórroga para buzón tributario
- Por: David González --
- 31/12/2024 @ 15:30 --
- Sureste
Los contribuyentes cuentan ahora con un año más de plazo para cumplir con este requerimiento, so pena de infracción.
Saltillo, Coah.- Al empezar la cuenta regresiva plazo que otorgó el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para que los contribuyentes habilitaran el Buzón Tributario, bajo amenaza de multas de hasta 11 mil pesos, se anunció de último momento una prórroga de un año mñas para cumplir con esta disposición.
En un inicio el 31 de diciembre de este 2024 fue marcado como plazo fatal pero ahora se extiende hasta el 31 de diciembre del 2025.
De acuerdo al comunicado emitido por el SAT, incumplir con esta obligación fiscal después de ese plazo será motivo de infracción.
Desde 2020, habilitar el Buzón Tributario, registrar y mantener actualizados los medios de contacto es un requisito obligatorio para todas las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con excepción de:
- Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados o suspendidos.
- Personas físicas sin obligaciones fiscales y sin actividad económica.
- Los contribuyentes asalariados y asimilados a salarios que hayan obtenido ingresos en el ejercicio inmediato anterior menores a 400 mil pesos.
El Buzón Tributario es un canal de comunicación, cuyo objetivo es simplificar la notificación de actos administrativos y el envío de mensajes de interés de manera ágil y segura.
Entre los beneficios que el SAT destaca se obtienen al habilitar esta herramienta se encuentran el contar con un portal privado y personalizado, notificación vía electrónica en cualquier momento y lugar, siempre que se tenga conexión a internet, información oportuna sobre cualquier requerimiento de información o resolución derivado de trámites realizados, así como de beneficios y facilidades fiscales e invitaciones de programas en materia fiscal.
Aunado a ello, el Buzón permite proporcionar información útil para el cumplimiento de las obligaciones y trámites fiscales, reducir tiempos y recursos y tener certeza jurídica a los actos y resoluciones emitidos por el SAT, así como en las operaciones que se realicen.
Para habilitar el Buzón Tributario es necesario ingresar al Portal del SAT (sat.gob.mx), dar clic en el botón Buzón Tributario, acceder con RFC y Contraseña o e.firma vigente. Elegir la opción de Configuración y llenar el formulario de medios de contacto, donde se registra un correo electrónico y un teléfono celular.
Dentro de las 72 horas siguientes es importante confirmar los medios de contacto. Para ello, se enviará un correo electrónico con una liga de confirmación, a la que se tiene que dar clic para verificar el correo; y para el número celular se envía un mensaje SMS con un código, el cual se debe capturar en la opción Configuración del Buzón Tributario.
El registro de Buzón Tributario solicita dos medios de contacto actualizados: correo electrónico (pueden ser hasta cinco) y un número de teléfono celular.
En caso de dudas o sea la primera ocasión en que actives el buzón tributario, se puede consultar la siguiente liga: www.sat.gob.mx/BuzonTributario/Paginas/Index.html.